Postulaciones a Ley que condona deudas universitarias continúan abiertas

Habrá 36 cupos en beneficio de profesionales y técnicos que presten servicios remunerados en comunas con menor desarrollo del Maule. Plazo vence el 25 de septiembre

El intendente de la Región del Maule, Pablo Meza Donoso, hizo un llamado a postular a este beneficio del Estado “estamos informado que se abrieron las postulaciones para acceder a la Ley 20.330, que condona deudas universitarias a profesionales y técnicos que presten servicios remunerados en municipalidades, corporaciones, fundaciones municipales, asociaciones municipales u Organizaciones no Gubernamentales (ONG), correspondientes a las comunas con menores niveles de desarrollo de la región”.

 

Por su parte, el jefe del departamento social de la intendencia, Juan Carlos Ponce, explicó que los plazos para postular al beneficio van desde el 11 al 25 de septiembre y que “se pueden presentar en la Oficina de Partes de la intendencia, ubicada en la 1 Norte N°711, Primer Piso, en horarios de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 horas. No se recibirán postulaciones fuera de plazo”, informó el asistente social.

 

BEBEFICIARIOS

La ley 20.330 establece un beneficio a favor de quienes presten servicios en las comunas con menores niveles de desarrollo del país, que hayan cursado sus estudios con el crédito solidario universitario o con el crédito para estudios de educación superior, beneficio que, en síntesis, consiste en el pago de un monto equivalente a la cuota anual del crédito, el que será abonado directamente al servicio donde mantiene la deuda.

Para acceder a los beneficios de esta Ley, además de ser deudor del crédito universitario y encontrarse al día en el pago de sus obligaciones, los jóvenes deben estar prestando servicios remunerados en los municipios, corporaciones o fundaciones municipales de las comunas con menores niveles de desarrollo del país, las que son definidas, anualmente, por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

Para la Región del Maule, se determinó que 26 comunas cumplen con el perfil requerido. Se trata de: Vichuquén, Rauco, Romeral, Sagrada Familia, Teno, Licantén, Molina, Hualañé, Maule, San Clemente, Curepto, San Rafael, Pelarco, Empedrado, Río Claro, Pencahue, Retiro, Yerbas Buenas, Longaví, Villa Alegre, Colbún, San Javier, Parral, Cauquenes, Chanco y Pelluhue.

TIPOS DE BENEFICIO

Beneficio anual, es aquel que corresponde por cada año de servicio prestado, con un máximo de tres, por un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, con un tope de 16 UTM.

 

Beneficio adicional, es aquel que corresponde por el tercer año de servicio prestado de manera ininterrumpida, por un monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año o a tres veces la cantidad pagada de su crédito durante el año calendario anterior, el cual tiene un tope de 48 UTM del mes de diciembre del mismo año. Solo pueden postular los beneficiarios(as) que hayan obtenido el beneficio consecutivo de la ley, en dos años anteriores al presente llamado.

 

La intendencia comunicará a los postulantes mediante correo electrónico, en los casos que corresponda, que no cumplen con los requisitos para optar al beneficio, señalando en forma expresa el fundamento de tal situación, a más tardar el 3 de octubre de 2017.

Por su parte, el intendente Pablo Meza, emitirá la correspondiente resolución a más tardar el 5 de octubre, donde se informará quiénes fueron los 36 beneficiados de este año.

La intendencia emitirá un Certificado de Acreditación de Verificación de Requisitos Ley 20.330, por cada favorecido (a), tanto para el beneficio anual o adicional, según corresponda. En caso de no llenarse todos los cupos, se publicará un nuevo llamado indicando cupos disponibles y una nueva fecha de postulación.

 

Tesorería General de la República, por su parte, es el organismo encargado por la Ley 20.330 de realizar los pagos de estos beneficios, una vez que se le acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley y coordinar con el Administrador del Crédito Solidario y la Comisión INGRESA, definiendo el procedimiento a seguir que garantice su cumplimiento, así como fiscalizar los egresos no tributarios otorgados de acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 19.041.

 

 

 

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