Más de 9 mil kilos de cables en desuso se han retirado en la región del Maule

El Congreso Nacional recién aprobó el proyecto de ley que regularizará el tendido de cables aéreos, ya que establece que las concesionarias y permisionarias serán responsables de la instalación, identificación, modificación, mantención, ordenación, traslado y retiro de líneas aéreas o subterraneas de cables.

En esta línea, el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Carlos Palacios, recalcó los avances alcanzados por la mesa de trabajo de retiro de cables que él preside, “limpiar nuestras ciudades de escombros aéreos es una de las misiones que nos encomendó el Presidente Piñera para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de Chile, por esto destaco enormemente la labor realizada a marzo de este año, dónde se han retirado 9.405 metros de cables en desuso”.

El Secretario Regional añadió que esta ley se enmarca en la política impulsada por el Ministerio de contribuir a generar espacios públicos más acogedores, que sean utilizados por las personas y contribuyan a embellecer las ciudades “los cables en desuso generan inseguridad y contaminación visual, impactando de forma negativa el entorno de los habitantes de las distintas comunas de nuestra región”.

“Estamos muy contentos por la aprobación que tuvo el proyecto de ley en el Congreso y esperamos seguir avanzando en los siguientes trámites para consolidar esta política pública, no obstante, aún queda mucho por hacer en materia de retiro de cables aéreos en desuso, por lo que se seguiré trabajando arduamente con los municipios y empresas, para así aumentar significativamente la cifra al cierre de 2019”, enfatizó Carlos Palacios.

El proyecto de ley establece un plazo para proceder a su ordenación o retiro que no podrá superar los 5 meses (no obstante, depende de la complejidad del punto que se esté analizando para el retiro u ordenamiento. En muchos casos será de algunas semanas mientras que en los más complejos serán los 5 meses completos) desde la calificación de desecho. Por su parte, cualquier daño o perjuicio que se genere producto de estos trabajos será de exclusiva responsabilidad de la concesionaria o permisionaria.

En caso que la concesionaria o permisionaria no proceda al retiro requerido dentro de plazo, que puede ser de máximo 5 meses, los municipios podrán retirar estos elementos a costa de aquéllas de acuerdo al procedimiento que se establezca. Además, el incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad a las disposiciones de la ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, con una multa a beneficio municipal de 100 a 1.000 UTM.

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