Más de 4 mil personas aún no recuperan pagos en las cajas de compensación

En la región, más de $120 millones de pesos aún no son retirados de las Cajas de Compensación (CCAF) por pagos en excesos provenientes de créditos sociales acumulados hasta septiembre de 2014.

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), en su rol de fiscalizador, hace un llamado las personas que solicitaron un crédito social en las Cajas de Compensación (CCAF) a que consulten a través de las páginas web de estos organismos o acudan directamente a sus sucursales a lo largo de todo el país, para verificar si disponen de saldos pendientes a su favor, producto de pagos en exceso de sus respectivos créditos.

Estos “Pagos en Exceso” de trabajadores y pensionados deudores de crédito social, se generan principalmente por errores operacionales derivados por la duplicidad de pago (pago vía descuento por planilla y posteriormente por ventanilla); mayores montos pagados por deudores y empresas y por errores operacionales atribuibles a las CCAF durante el pago anticipado de un crédito, o bien por descuentos posteriores al vencimiento.

El monto promedio de devolución asciende a $ 32.000 aproximadamente. En algunos casos los montos son relevantes, de hecho existen personas que disponen de dineros pagados en exceso cuyo monto supera el millón de pesos.
Las regiones que presentan los mayores montos a devolver son: Metropolitana, Valparaíso, Biobío y Antofagasta (ver tabla).
¿Dónde Consultar?

Para saber si usted es una de las personas que tiene “Pagos en Exceso” puede ingresar en la página web de la Superintendencia de Seguridad Social, www.suseso.cl, o directamente en los sitios web de las Cajas de Compensación en las que ha solicitado alguna vez un crédito social, los que son: www.cajalosandes.cl, www.caja18.cl, www.laaraucana.cl, www.losheroes.cl y www.cajagabrielamistral.cl.

Las CCAF disponen de un plazo máximo de cinco días hábiles para efectuar la devolución, una vez solicitada.

Las personas que tengan estos saldos a su favor pueden pedir la devolución de sus dineros a través de pago en efectivo, emisión de cheque nominativo o mediante transferencias electrónicas. En caso de fallecimiento del titular, estos montos pueden ser cobrados por sus herederos

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